Resolución D Nº 1133/20

Vencimiento trabajos prácticos

EXP:EXA 915/2020

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de diciembre de 2020

VISTO:

La Resolución (CD) N° 1482/98 que establece la validez de los trabajos prácticos en ocho cuatrimestres incluyendo el de cursada.
La Resolución (CD) N° 3040/19 que establece las fechas correspondientes a las actividades académicas del año lectivo 2020 fijando las fechas de examen de abril y septiembre como complementarias de los turnos de febrero-marzo y abril-agosto.
La Resolución (CD) N° 372/20 que prorroga por un cuatrimestre la validez de los trabajos prácticos cuyo vencimiento hubiera ocurrido durante el turno de examen complementario abril 2020.
La Resolución (CD) N° 430/20 que prorroga por un año la validez de los trabajos prácticos cuyo vencimiento hubiera ocurrido durante el 2020.
Las Resoluciones CD Nº 379/20 y 381/20 que establecen criterios para la evaluación no presencial de exámenes parciales y finales.
La Resolución (CD) N° 380/20 que establece que podrán inscribirse a las fechas de exámenes establecidas en dicha resolución estudiantes que tengan materias con vencimiento de trabajos prácticos en el turno de exámenes de septiembre 2020.
La Resolución (CD) N° 801/20 que no contempla la posibilidad de rendir exámenes en las fechas de octubre, noviembre y diciembre para aquellos/as estudiantes que tengan materias con vencimiento de trabajos prácticos durante el 2020.

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha 11 de marzo de 2020, declaró al brote del COVID-19 como una pandemia.
Que los Decretos de Necesidad y Urgencia DECNU-2020-260-APN-PTE y DECNU-2020-297- APN-PTE ampliaron la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley Nº 27.541, en virtud de la referida pandemia.

Las Resoluciones (R) "Ad referéndum del Consejo Superior" Nº 344/2020, 345/2020, 346/2020,
RESCS-2020-161-E-UBA-REC, REREC-2020-420-E-UBA-REC, REREC-2020-423-E-UBA-REC,
REREC-2020-428-E-UBA-REC, REREC-2020-437-E-UBAREC,REREC-2020-475-E-UBA-REC,
REREC-2020-516-E-UBA-REC, REREC-2020-583-E-UBA-REC, REREC-2020-637-E-UBA-REC,
REREC-2020-706-E-UBA-REC,REREC-2020-796-E-UBA-REC, REREC-2020-840-E-UBA-REC,

REREC-2020-887-E-UBA-REC; REREC-2020-967-E-UBA-REC, REREC-2020-1053-E-UBAREC y REREC-2020-1095-E-UBA-REC.

Lo aconsejado por la Comisión de Enseñanza, Programas y Planes de Estudio.
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 113 del Estatuto Universitario.

EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES ADREFERENDUM DEL CONSEJO DIRECTIVO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Extender en carácter de excepción a once cuatrimestres la validez de los trabajos prácticos aprobados en 2016.

ARTÍCULO 2º: Extender en carácter de excepción a diez cuatrimestres la validez de los trabajos prácticos aprobados en 2017.

ARTÍCULO 3º: Extender en carácter de excepción a nueve cuatrimestres la validez de los trabajos prácticos aprobados en 2018.

ARTICULO 4º: Regístrese, comuníquese, dese amplia difusión, publíquese en la página de la Facultad y, cumplido, archívese.


RESOLUCIÓN D Nº 1133

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