Vencimiento Trabajos prácticos
Secretaría General
Facultad de Ciencias Exactas y Naturales
Universidad de Buenos Aires
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de abril de 2020
VISTO
la Resolución (CD) Nº 1482/98 que establece la validez de los trabajos
prácticos en ocho cuatrimestres incluyendo el de cursada,
la Resolución (CD) Nº 3040/19 que establece las fechas correspondientes
a las actividades académicas del año lectivo 2020 fijando a las fechas
de examen de abril y septiembre como complementarias de los turnos de
febrero-marzo y abril-agosto,
CONSIDERANDO
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha 11 de marzo de
2020, declaró al brote del COVID-19 como una pandemia,
Que los Decretos de Necesidad y Urgencia DECNU-2020-260-APN-PTE y
DECNU-2020-297-APN-PTE ampliaron la emergencia pública en materia
sanitaria establecida por Ley Nº 27.541, en virtud de la referida pandemia,
Que el Decreto de Necesidad y Urgencia DECNU-2020-325-APN-PTE, con fecha
31 de marzo de 2020, dispuso prorrogar la medida de “aislamiento social,
preventivo y obligatorio” hasta el 12 de abril de 2020 y luego por el
DECNU-2020-355-APN-PTE se extendió esta medida hasta el 26 de abril de
2020, inclusive,
Que la Resolución (R) “Ad referéndum del Consejo Superior”
RESCS-2020-428-E-UBA-REC establece que la UBA adhiere al Decreto de
Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-355-APN-PTE y dispone el cierre de
todos los edificios e instalaciones de la Universidad de Buenos Aires
hasta el 26 de abril de 2020 inclusive, con excepción de la Dirección de
Obra Social, Hospitales e Institutos Asistenciales,
Que la Resolución (CD) Nº 3040/19 fija para los exámenes del turno
complementario febrero-marzo 2020 al período entre el 13 y 17 de abril
2020 y la semana de exámenes entre el 20 y 24 de abril 2020,
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 113 del Estatuto
Universitario,
EL DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES
“AD-REFERENDUM” DEL CONSEJO DIRECTIVO
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Prorrogar por un cuatrimestre la validez de los trabajos
prácticos cuyo vencimiento hubiera ocurrido durante el turno de examen
complementario abril 2020.
ARTICULO 2º: Establecer que para los casos mencionados en el Artículo 1º
la validez se extenderá hasta el turno complementario septiembre 2020.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, dese amplia difusión, publíquese
en la página de la Facultad y, cumplido, archívese.
RESOLUCIÓN D Nº 373/20